Carta entregada en la Corte Suprema de Justicia. 28 de Septiembre.
Escrito por Movimiento Feminista de Nicaragua   
Lunes, 28 de Septiembre de 2015 19:57

Managua, 28 de septiembre del año 2015.


Dra. Alba Luz Ramos

Presidenta de la Corte Suprema de Justicia

Nicaragua.


Estimada Dra. Ramos:

 

En nombre del movimiento feminista de Nicaragua (MFN) recurrimos a Usted en su calidad de representante del sistema judicial nicaragüense, para reiterar una vez más nuestra demanda de restitución de la figura legal del aborto terapéutico, vigente desde 1879, hasta finales del año 2006. La penalización absoluta del aborto terapéutico formó parte de una reforma amplia del Código Penal, mismo que entró en vigencia en el año 2008.


Han pasado ya nueve años desde que el Estado nicaragüense eliminó de la legislación el aborto terapéutico como eximente a la norma general que penaliza el aborto, y siete desde que entrara en vigencia las reformas al Código Penal el cual establece penas de cárcel para las mujeres que interrumpan un embarazo, así como, para el  personal médico que practica una interrupción.


Tal y como lo define la Organización Mundial de la Salud (OMS) el aborto terapéutico es la terminación del embarazo antes del tiempo de viabilidad fetal, que se realiza con el propósito de proteger la vida y la salud de las mujeres embarazadas, lo que constituye un derecho universal reconocido por todos los países del mundo.  A tono con dicha definición, el Ministerio de Salud nicaragüense contempla en las Normas y Protocolos para la Atención de las Complicaciones Obstétricas, la interrupción del embarazo.


Como hemos señalado en reiteradas ocasiones, la penalización absoluta del aborto entra en abierta contradicción con la Constitución Política de la República y con otras leyes específicas que afirman el derecho a la vida y prohíben cualquier tipo de discriminación en razón del sexo, del género y de la libertad de creencias. Así mismo, la penalización distorsiona de manera severa el papel que les corresponde a las y los profesionales de salud en la protección de la vida y la salud de las mujeres.


Desde el año 2007 organizaciones feministas, gremios de profesionales de la salud y organizaciones defensoras de Derechos Humanos, presentamos ante la Corte Suprema de Justicia recursos por inconstitucionalidad ante la penalización absoluta del aborto terapéutico, demandando respeto al marco internacional de derechos y la Constitución de la República.


La penalización absoluta del aborto terapéutico agrava la de por si alarmante situación de salud de las mujeres, particularmente aquellas que viven en condiciones de pobreza tanto en la región del pacifico, como en la Costa Caribe del país. Si bien el gobierno afirma haber reducido a la mitad la tasa de muertes maternas, la razón de muertes maternas continúa siendo una de las más alta de América Latina y el Caribe, situación que se agrava con el alto número de embarazos en niñas y adolescentes producto de la violación.


De acuerdo con monitoreos periódicos realizados por algunas organizaciones de la sociedad civil, cada año mueren en Nicaragua entre 13 y 15 mujeres en edad reproductiva, como consecuencia directa de la penalización del aborto terapéutico. Es inadmisible que en nuestro país se continúen muriendo mujeres por embarazos ectópicos o anencefálicos; que mueran por embarazos que agravan enfermedades pre-existentes; que mueran por la intervención tardía de los médicos cuando una mujer llega a los hospitales públicos con abortos en proceso (inducidos o no).


Nicaragua sigue siendo uno de los 4  países del mundo que no reconoce el derecho al aborto ni siquiera en situaciones de riesgo de muerte de las mujeres embarazadas, lo que constituye una grave vulneración del carácter mismo del Estado en tanto principal responsable de la tutela de los derechos universales de la ciudadanía, sin ningún tipo de discriminación.


Frente a esta situación de violación de derechos de las mujeres, niñas y adolescentes, las organizaciones feministas una vez más demandamos a la Corte Suprema de Justicia la declaración de inconstitucionalidad  de la ley que penaliza de forma absoluta el aborto terapéutico y ordene al poder ejecutivo cumplir con las recomendaciones emitidas por el Comité de la CEDAW, el Comité Interamericano de Derechos Humanos, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Comité Contra la Tortura, las cuales coinciden en la necesidad de restablecer el aborto terapéutico en aquellas situaciones que la vida y la salud de las mujeres esta riesgo por causas asociadas al embarazo.


Es obligación de la Corte Suprema de Justicia preservar el Estado de derecho como fuente de legalidad y soberanía. Las mujeres no pueden quedar en la indefensión frente a un gobierno que nos las reconoce como titulares de derechos y le otorga primacía a vidas potenciales.

Atentamente,


Integrantes del Movimiento Feminista:

 


 

 

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